
Del contrato de mandato (civil) y su semejanza con el contrato de comisión (mercantil)
El mandado se regula en el Código Civil, definiendo la misma en el Artículo 1709: Artículo 1709. Por el contrato de mandato se obliga
PASEO DE GRACIA 21, PRINCIPAL E-08007 BARCELONA, ESPAÑA
El mandado se regula en el Código Civil, definiendo la misma en el Artículo 1709: Artículo 1709. Por el contrato de mandato se obliga
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